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¿Cómo tributa una LLC de EE. UU. si vives en España? Lo que dice Hacienda (con consultas vinculantes)

25 de julio de 2026 · 5 min de lectura

Si estás pensando en abrir una LLC en Estados Unidos siendo residente en España, seguro que has leído de todo: desde "no pagas nada nunca" hasta "Hacienda te va a crucificar". Ninguna de las dos cosas es verdad. Y lo mejor es que no hace falta fiarse de opiniones: la propia Hacienda española ha dejado su criterio por escrito. Vamos a verlo con calma, citando las fuentes.

Qué es una consulta vinculante (y por qué te interesa)

En España, cualquier contribuyente puede preguntar a la Dirección General de Tributos (DGT) cómo tributa una situación concreta. La respuesta se llama consulta vinculante y tiene una característica muy potente: obliga a la propia Administración (artículo 89 de la Ley General Tributaria). Es decir, si tu caso es idéntico al de la consulta, Hacienda debe aplicarte ese mismo criterio. No es la opinión de un gurú de YouTube: son las reglas del juego por escrito.

La clave: tributar cuando retiras beneficios

La duda número uno de todo el mundo: "si mi LLC gana dinero, ¿tengo que declararlo en mi IRPF aunque no lo saque?".

Pues bien: en la consulta vinculante V3074-22, la DGT reconoció que una LLC estadounidense con personalidad jurídica propia se trata en España como lo que es: una entidad extranjera. ¿Consecuencia? Su socio residente en España tributa cuando la LLC le distribuye beneficios (o le paga un sueldo), no antes. Mientras el beneficio permanece dentro de la empresa —reinvertido, trabajando—, no pasa por el IRPF del socio.

Ahora, el matiz honesto, porque aquí está la diferencia entre hacerlo bien y hacerlo mal: ese tratamiento no es automático. La normativa española contempla dos formas de ver una entidad extranjera (como entidad propia o como "transparente", imputando la renta al socio cada año), y en cuál de las dos cae tu LLC depende de cómo esté configurada: su forma jurídica, cómo tributa en EE. UU. y la realidad que tenga detrás. Una LLC montada con un tutorial genérico y la otra no se parecen en nada a ojos de Hacienda, aunque el certificado sea igual de bonito.

El Modelo 720: el miedo más exagerado de internet

El Modelo 720 es la declaración informativa de bienes en el extranjero. Dos cosas que casi todo el mundo entiende mal:

  • Solo obliga a partir de 50.000 € por categoría de bienes… y se mira el valor a 31 de diciembre (en cuentas, también el saldo medio del último trimestre), no tu facturación anual. Puedes facturar 100.000 € con tu LLC y no estar obligado a presentarlo.
  • Es informativo: por presentarlo no se paga ni un euro.

Aquí también hay criterio oficial reciente: en la consulta V0681-25, la DGT aclaró cómo se declara la participación en una LLC (como participación en entidad jurídica extranjera, valorada a 31 de diciembre conforme a la normativa del Impuesto sobre el Patrimonio). Sin dramas: es un formulario, con sus reglas claras.

¿Y en Estados Unidos? El famoso Form 5472

Del lado americano, una LLC de un no residente sin ingresos de origen estadounidense normalmente no paga impuesto federal sobre la renta en EE. UU. Lo que sí existe es una obligación informativa anual: el Form 5472 (junto a un 1120 pro forma). No presentarlo sale caro: la sanción arranca en 25.000 dólares. Es el ejemplo perfecto de por qué el mantenimiento importa más que la constitución: crear la LLC es el día uno; que cada año todos los papeles se presenten en plazo es lo que te da tranquilidad los otros 364.

Bonus: el informe BOI ya no existe para ti

Hasta hace poco, las LLC debían presentar el informe de titularidad real (BOI) ante FinCEN. Desde 2025, las entidades constituidas en EE. UU. están exentas: un trámite menos y más privacidad. Buen recordatorio de que la normativa se mueve — conviene tener a alguien que la vigile por ti.

Conclusión: ni chollo mágico ni campo de minas

Una LLC en EE. UU., para un residente en España que vende servicios online, es una herramienta perfectamente legal y muy potente: cobras mejor (Stripe, PayPal y banca americana), proyectas imagen internacional y separas tu patrimonio. Y su fiscalidad tiene reglas claras, con doctrina oficial que las respalda.

La única condición real es hacerlo bien: el estado correcto, la configuración correcta y una empresa con presencia real (dirección, teléfono, banca), no un PDF. Esa es exactamente nuestra especialidad: constituimos tu LLC, la dotamos de sustancia y mantenemos su cumplimiento en piloto automático, todo en español.

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Este artículo es información general, no asesoramiento legal ni fiscal. Cada caso tiene sus particularidades; las consultas citadas (V3074-22, V0681-25) son públicas y pueden consultarse en el buscador oficial de la DGT.

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